MEDIDAS PREVENTIVAS EN LA EMPRESA FRENTE AL CORONAVIRUS

Si un trabajador ha viajado a zona de riesgo, al llegar a España debe vigilar su estado de salud durante los 14 días siguientes a su salida de zonas de riesgo. Si tiene fiebre, tos o sensación de falta de aire, deberá quedarse en su domicilio y llamar al 112.

Si el trabajador no ha viajado, pero presenta síntomas (fiebre, tos o sensación de falta de aire), deberá quedarse en su domicilio o alojamiento y llamar al 112. En esa llamada informe de los síntomas que presenta.

Informar a los trabajadores sobre las medidas preventivas que tienen que adoptar.

Limitar el número de trabajadores expuestos.

Limitar el tiempo de exposición al mínimo posible.

Colocar  las instrucciones escritas en el lugar de trabajo.

Colocar en el lugar de trabajo si procede, el procedimiento en caso de accidente.

Evitar la exposición de personas especialmente sensibles debido a patologías previas, medicación, trastornos inmunitarios o embarazo.

Llevar a cabo medidas organizativas de personal, políticas de limpieza y desinfección de lugares y equipos de trabajo reutilizables.

Reforzar las medidas de higiene personal:

  • Higiene de manos (si están visiblemente limpias usar productos de base alcohólica; si estuvieran sucias usar agua y jabón antiséptico).
  • Llevar las uñas cortas.
  • No usar anillos, pulseras, relojes de muñeca u otros adornos.
  • Recoger el cabello largo en una coleta o moño bajo, o usar un gorro de quirófano.
  • Evitar el uso de lentillas. Preferible uso de gafas.
  • Se recomienda retirar el maquillaje u otros productos cosméticos que puedan ser fuente de exposición prolongada en caso de resultar contaminados.
  • Cubrirse la boca y nariz al toser o estornudar con pañuelo desechable.
  • Si no tiene pañuelo, se debe toser o estornudar sobre su brazo en el ángulo interno del codo, para no contaminar las manos.
  • Si se cubre accidentalmente con la mano, evitar tocarse los ojos, la nariz o la boca.

LAVADO DE MANOS FRENTE AL CORONAVIRUS

La forma más eficaz de protegerse del nuevo Coronavirus es el lavado de manos. Esto es aplicable al entorno laboral, donde es especialmente importante debido al frecuente contacto con otras personas a lo largo de la jornada de trabajo.

¿QUE PUEDO HACER PARA PROTEGERME DEL NUEVO CORONAVIRUS?

Los coronavirus son virus que circulan entre algunos animales pero algunos de ellos también pueden afectar a seres humanos, normalmente con síntomas leves.

El nuevo coronavirus fue identificado en China a finales del 2019 y es una nueva cepa que no se había visto previamente en humanos.

Se transmite de persona a persona por vía respiratoria a través de las gotas respiratorias de personas que presentan síntomas.

¿Qué puedo hacer para protegerme?

• Lávate las manos frecuentemente.

• Evita tocarte la nariz, los ojos y la boca ya que las manos facilitan su transmisión.

• Al toser o estornudar cúbrete la nariz y la boca con el codo flexionado o con un pañuelo de papel desechable.

• Si presentas síntomas respiratorios evita el contracto con otras personas.

Los Síntomas son fiebre tos y sensación de falta de aire.

FORMACION CONVENIO DEL METAL

El III Convenio colectivo estatal de la industria, la tecnología y los servicios del sector del metal, establece la Formación mínima en prevención de riesgos laborales de los trabajadores del Sector del Metal. La formación obligatoria es la siguiente: 

-Directivo de empresa: curso de 6 h (puede ser teleformación)

-Administrativos: curso de 6 h (puede ser teleformación) 

-Trabajadores: curso de 20 h (debe ser presencial) 

-Formación de reciclaje: curso de 4 h cada 3 años (debe ser presencial)

Las empresas tienen un periodo de tiempo para adaptarse y formar a sus trabajadores.

Por ello, Prevesalud impartirá estos cursos mensualmente, de manera que todas aquellas empresas que quieran realizarlos, tengan la posibilidad de hacerlo. Para más información puede ponerse en contacto con nosotros.

NAVIDAD

PREVESALUD les desea felices fiestas.

Seguimos trabajando para mejorar nuestra calidad y mantener la confianza de las empresas que nos eligen como Servicio de Prevención de Riesgos Laborales.

VACUNACION EN EL TRABAJO

En Noviembre comienza la campaña de vacunación contra la Gripe.

Existen varios motivos que hacen recomendable la vacunación en la empresa:

 • Proteger a los trabajadores del riesgo de padecer determinadas enfermedades transmisibles.

• Evitar que los trabajadores sean fuentes de contagio de enfermedades transmisibles para otros trabajadores o para la comunidad.

• Prevenir enfermedades infecciosas en trabajadores que estén inmunocomprometidos o padezcan patologías crónicas (cardíacas, pulmonares, renales…), lo que sería un riesgo grave para ellos.

• Evitar absentismo por bajas laborales, como consecuencia de enfermedades adquiridas por trabajadores en el desempeño de sus funciones. • Evitar muertes que se produzcan como consecuencia de enfermedades infecciosas.

• Evitar enfermedades infecciosas que puedan evolucionar a la cronicidad.

En el caso de la vacuna de la Gripe, se deberían vacunar especialmente aquellos trabajadores con un mayor riesgo de patología respiratoria infecciosa o favorecida por el ambiente de trabajo (ambiente pulvígeno, humedad relativa muy baja, temperaturas extremas, ventilación forzada…).

Pero además de la vacuna de la gripe, existen otras vacunas que se deben aplicar en el entorno laboral.

¿Qué trabajadores se deben vacunar?

  • Aquellos que por su profesión estén expuestos a riesgos biológicos. 

• Aquellos especialmente sensibles a los riesgos derivados del trabajo.

• Aquellos que precisen viajar a zonas geográficas que sean endémicas en alguna enfermedades.

• Aquellos que desarrollen su trabajo en lugares donde, debido a la concentración de personas, determinadas enfermedades sean más fácilmente propagables (cuarteles, colegios…)

Vacunas recomendadas:

Personal sanitario: Hepatitis B, gripe, tuberculosis

Laboratorio: Hepatitis B

Servicios públicos: Hepatitis B, gripe

Residencias enfermedades mentales: Hepatitis B, gripe

Veterinarios y cuidadores de animales: Rabia

Manipuladores de alimentos: Hepatitis A

Agricultores y ganaderos: Rabia*, tétanos (* en contacto con animales potencialmente infectados)

Eliminación de basuras y residuos: Tétanos, hepatitis B

Consulte a su Servicio de Prevención. 

FORMACION RECICLAJE SECTOR METAL

El «II Convenio colectivo estatal de la industria, la tecnología y los servicios del sector del metal» establece las obligaciones en materia de formación que se deben cumplir.

En las empresas, debe existir la siguiente formación en función del puesto que se tenga:
 -Directivo: curso de 10 h
 -Trabajadores curso de 20 h
 -Formación de reciclaje: curso de 4 h cada 3 años

El curso de reciclaje es obligatorio para el personal técnico, administrativo, mandos intermedios y personal de oficios, y consiste en 4 horas de formación que serán impartidas periódicamente cada 3 años. Versará sobre los conocimientos preventivos específicos de cada especialidad.
Esta acción formativa de reciclaje será impartida de manera presencial, salvo para administrativos, admitiéndose para este colectivo, la modalidad de teleformación.
Asimismo, esta acción formativa de reciclaje será impartida, en el momento de incorporación al puesto de trabajo, cuando el trabajador haya estado alejado del sector, al menos durante un año, de manera continuada.

Prevesalud cuenta con acreditación para impartir estos cursos de reciclaje.
Si quiere completar la formación de su empresa contacte con nosotros.

NORMATIVA DE PROTECCION DE DATOS

En 2016 entró en vigor el Reglamento Europeo de Protección de Datos, aplicable a partir de Mayo de 2018.

La Ley Orgánica 3/2018 de 5 de Diciembre de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales, es la encargada de adaptar este reglamento al ordenamiento jurídico español.

Esta Ley incluye algunas precisiones y desarrollos a lo establecido por el Reglamento.

Modifica algunos aspectos de la anterior normativa y contiene nuevas obligaciones que deben ser analizadas y aplicadas por cada organización teniendo en cuenta sus propias circunstancias.

Las empresas deben adoptar las medidas necesarias para estar en condiciones de cumplir con la nueva legislación.

Si quiere cumplir con todo ello, puede ponerse en contacto con Prevesalud y le ayudaremos a realizar la adaptación.

TEMPORADA DE VERANO

Con la llegada del calor, principalmente a partir del 1 de junio, comienza la temporada de verano, en la que proliferan los contratos temporales para cubrir puestos de trabajo vinculados al buen tiempo: socorristas, animadores en centros hosteleros, etc.

La temporalidad de estos contratos hace que en muchas ocasiones el trabajador no reciba la formación correspondiente en materia de prevención de riesgos laborales.

No obstante, la exposición al sol tiene muchos riesgos y es importante que el trabajador se proteja.

A continuación, exponemos algunas medidas que se deben aplicar.

Durante su jornada, se encontrará protegido del sol mediante una sombrilla, un quitasol, o a ser posible en un recinto cubierto.

Si realizase rondas por el lugar de trabajo, utilizará una gorra, para evitar las quemaduras solares.

Se recomienda el uso de gafas de sol.

Se deben usar cremas protectoras solares que tengan un factor de protección (SPF) de al menos 30. Es importante que el protector solar sea contra agua, y se aplique frotando la piel media hora antes de la exposición solar.

Repetir la aplicación frecuentemente. Se debe evitar la exposición directa al sol entre las 11:00 y 16:00 horas. Estará bien identificado como tal, para evitar precipitaciones.

No ingerir alcohol o drogas antes y durante las horas de trabajo, ni abundante comida, especialmente dos horas antes de empezar la jornada.

Beber regularmente líquido para evitar la deshidratación.

Usar ropas transpirable y de tonos claros.

Tener disponible en lugar visible los teléfonos de emergencia de los centros médicos más cercanos, así como un botiquín.

Usar calzado con suelas antideslizante y que agarre el pie.

No usar chanclas.

Mantenga el suelo lo más limpio posible, sobre todo en las zonas de circulación y trabajo.

ACCIDENTES IN ITINERE

Las cifras de accidentes de circulación en el ámbito laboral, ya sean al ir o volver del trabajo (‘in itinere’) o durante la propia jornada laboral, se han elevado en los últimos años.

Suelen ser recorridos rutinarios de corta y media distancia.

Hay diversas causas que influyen en el aumento de la estadística:

  • la reactivación económica y una mejor tasa de empleo han impulsado el número de desplazamientos por carretera.
  • influyen también la explosión del comercio electrónico y la mensajería asociada a este fenómeno o el auge de los servicios a domicilio
  • la influencia del tipo de contrato también es determinante, como en el caso de los repartidores, donde el sueldo suele depender del ritmo de su actividad.
  • la temporalidad de los contratos puede llevar a buscarse varios empleos y alargar el horario de trabajo (prisas, cansancio…)
  • desarrollo de tecnologías como gps, móvil, etc, que se usan en el vehículo y pueden provocar distracciones.
  • también debe considerarse la necesidad de conciliar el trabajo y la familia, en familias donde ambos padres trabajan, lo que implica la necesidad de la rapidez en los desplazamientos.

Todo ello hace necesario que las empresas presten atención a este problema y adopten decisiones para la reducción de la siniestralidad.

La planificación del trabajo es fundamental, de manera que el trabajador no se vea obligado mientras conduce a recibir llamadas laborales ni contestar emails.

Se deben establecer procedimientos de trabajo donde el trabajador no se vea sometido a prisas en los desplazamientos.

También deben estudiarse planes de movilidad.

Son inversiones necesarias que pueden salvar vidas.