PREVENCION EN TRABAJOS AL AIRE LIBRE

En los meses de verano se dispara el riesgo de que los trabajadores sufran golpes de calor en determinados sectores como la construcción o la agricultura, en los que se trabaja a la intemperie y con exigencias físicas elevadas.

El nuevo Real Decreto-ley 4/2023, de 11 de mayo establece que en los trabajos al aire libre deben tomarse medidas para proteger a los trabajadores de las temperaturas extremas.

Por ello, le recomendamos la adopción de las siguientes medidas:

  • dotar de ropa de trabajo adecuada
  • proteger la cabeza con gorro, sombreo, etc.
  • dotar de cremas específicas dependiendo de la exposición
  • asegurarse que los trabajadores disponen permanentemente de agua o líquidos para hidratarse
  • organizar el trabajo de manera que haya pausas cada cierto tiempo. A medida que aumente la temperatura, aumentar su frecuencia y duración
  • disponer de sitios de descanso frescos, cubiertos o a la sombra, y permitir a los trabajadores descansar cuando lo necesiten y especialmente en cuanto se sientan mal
  • evitar las horas de mayor temperatura cuando se opera a la intemperie
  • evitar el trabajo en solitario
  • limitar en lo posible el trabajo físico y proporcionar las ayudas o elementos mecánicos que disminuyan el esfuerzo físico
  • disponer que las tareas de mayor esfuerzo se hagan en las horas de menos calor
  • establecer rotaciones de los trabajadores
  • no tomar alcohol ni drogas. Evitar bebidas con cafeína y bebidas muy azucaradas.
  • en caso de golpe de calor llamar al 112

En aquellos casos en que no pueda garantizarse de otro modo la debida protección de la persona trabajadora se prohibirá desarrollar determinadas tareas durante las horas del día en las que concurran fenómenos meteorológicos adversos.