COVID19 EN EL CENTRO DE TRABAJO

Las empresas deberán adoptar en sus centros de trabajo las medidas preventivas de carácter colectivo o individual que sean necesarias para la prevención de la Covid19.

Entre esas medidas están las siguientes:

  • Establecer como obligatorio el uso de mascarilla, determinando el tipo de mascarilla más adecuado en función del riesgo al que el trabajador está expuesto.
  • Organizar el trabajo de modo que se reduzca el número de personas trabajadoras expuestas, estableciendo reglas para evitar y reducir la frecuencia y el tipo de contacto de persona a persona.
  • Adoptar, en su caso, medidas específicas para las personas trabajadoras especialmente sensibles.
  • Proporcionar información sobre medidas higiénicas, como lavarse las manos con frecuencia, no compartir objetos, ventilación del centro de trabajo, y la limpieza de superficies y objetos. En este sentido, las empresas deberán poner a disposición de las personas trabajadoras el material higiénico necesario, y adoptar los protocolos de limpieza que fuesen precisos.

Una vez establecidas las medidas necesarias, hay que tener especial cuidado con el cumplimiento de las mismas en los tiempos de descanso.

Se están produciendo numerosos contagios en el entorno laboral debido a la relajación de las medidas en el tiempo en el que el trabajador está descansando: pausas en el trabajo en las que se reúnen compañeros, desayuno o almuerzo con compañeros sin mascarilla ni distancia, etc.

Una vez hecho el esfuerzo de pasar la jornada laboral usando mascarilla, con la incomodidad que eso conlleva, es importante mantenerlo en los periodos de descanso.

El no hacerlo implicaría que, en caso de que un trabajador sea positivo, todos los compañeros se considerarían contacto estrecho.

Y eso es algo que tiene importantes repercusiones negativas tanto a nivel de salud como a nivel productivo.

Seamos responsables en nuestro centro de trabajo.