PREVENCION DE LOS GOLPES DE CALOR

En los meses de verano se dispara el riesgo de que los trabajadores sufran golpes de calor en determinados sectores como la construcción o la agricultura, en los que se trabaja a la intemperie y con exigencias físicas elevadas.

La Inspección de Trabajo lanza una campaña para prevenir estos accidentes por golpes de calor en los sectores más proclives a estas situaciones.

Para ello enviará cartas informativas a las empresas y reforzará la vigilancia.

Queremos recordarles, algunas de  las medidas preventivas que se pueden aplicar para reducir el riesgo:

  • dotar de ropa de trabajo adecuada
  • dotar de cremas específicas dependiendo de la exposición
  • asegurarse que los trabajadores disponen permanentemente de agua o líquidos para hidratarse
  • organizar el trabajo de manera que haya pausas cada cierto tiempo. A medida que aumente la temperatura, aumentar su frecuencia y duración
  • disponer de sitios de descanso frescos, cubiertos o a la sombra, y permitir a los trabajadores descansar cuando lo necesiten y especialmente en cuanto se sientan mal
  • evitar las horas de mayor temperatura cuando se opera a la intemperie
  • evitar el trabajo en solitario
  • limitar en lo posible el trabajo físico y proporcionar las ayudas o elementos mecánicos que disminuyan el esfuerzo físico
  • disponer que las tareas de mayor esfuerzo se hagan en las horas de menos calor
  • establecer rotaciones de los trabajadores
  • no tomar alcohol ni drogas. Evitar bebidas con cafeína y bebidas muy azucaradas.

En caso de sufrir golpe de calor, se actuará el siguiente modo:

  1. Lleve a la persona a un lugar fresco, a la sombra o a un interior y aligere su ropa. Ojo, no le quite la ropa mientras permanezca al sol, pues prendas como la camisa pueden retener humedad que ayudan a reducir ligeramente la temperatura corporal.
  2. Llame al servicio de urgencias.
  3. Refrésquele la piel: aplicar paños mojados o hielo puede ayudar a bajar la temperatura, incluso se recomienda, si es posible, bañar a la persona en agua fría. Las zonas críticas sobre las que hay que aplicar frío son cabeza, cuello, axilas e ingles.
  4. Si está consciente, hágale beber agua.

IGUALDAD EN LA EMPRESA

La “Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres”, establece que las empresas de más de 50 trabajadores tienen que hacer un PLAN DE IGUALDAD (para las demás empresas es voluntario).

Los planes de igualdad, incluyen la prevención del acoso sexual.

El «Real Decreto 901/2020, de 13 de Octubre, que regula los planes de igualdad y su registro”, (en vigor desde 14 de enero de 2021), establece que todas las empresas, independientemente del número de trabajadores, deben respetar la igualdad de trato entre hombres y mujeres en el ámbito laboral, y para ello deben establecer procedimientos para prevenir la discriminación y el ACOSO SEXUAL.

Por tanto hay que distinguir entre estos dos conceptos:

  • PLAN DE IGUALDAD: obligatorio para empresas de más de 50 trabajadores (incluye procedimientos de acoso sexual)
  • PROTOCOLO DE ACOSO SEXUAL: obligatorio en todas las empresas, independientemente del número de trabajadores.

Prevesalud puede ayudar a las empresas a elaborar estos protocolos.