NAVIDAD
PREVESALUD les desea felices fiestas.
Seguimos trabajando para mejorar nuestra calidad y mantener la confianza de las empresas que nos eligen como Servicio de Prevención de Riesgos Laborales.
VACUNACION EN EL TRABAJO
En Noviembre comienza la campaña de vacunación contra la Gripe.
Existen varios motivos que hacen recomendable la vacunación en la empresa:
• Proteger a los trabajadores del riesgo de padecer determinadas enfermedades transmisibles.
• Evitar que los trabajadores sean fuentes de contagio de enfermedades transmisibles para otros trabajadores o para la comunidad.
• Prevenir enfermedades infecciosas en trabajadores que estén inmunocomprometidos o padezcan patologías crónicas (cardíacas, pulmonares, renales…), lo que sería un riesgo grave para ellos.
• Evitar absentismo por bajas laborales, como consecuencia de enfermedades adquiridas por trabajadores en el desempeño de sus funciones. • Evitar muertes que se produzcan como consecuencia de enfermedades infecciosas.
• Evitar enfermedades infecciosas que puedan evolucionar a la cronicidad.
En el caso de la vacuna de la Gripe, se deberían vacunar especialmente aquellos trabajadores con un mayor riesgo de patología respiratoria infecciosa o favorecida por el ambiente de trabajo (ambiente pulvígeno, humedad relativa muy baja, temperaturas extremas, ventilación forzada…).
Pero además de la vacuna de la gripe, existen otras vacunas que se deben aplicar en el entorno laboral.
¿Qué trabajadores se deben vacunar?
- Aquellos que por su profesión estén expuestos a riesgos biológicos.
• Aquellos especialmente sensibles a los riesgos derivados del trabajo.
• Aquellos que precisen viajar a zonas geográficas que sean endémicas en alguna enfermedades.
• Aquellos que desarrollen su trabajo en lugares donde, debido a la concentración de personas, determinadas enfermedades sean más fácilmente propagables (cuarteles, colegios…)
Vacunas recomendadas:
Personal sanitario: Hepatitis B, gripe, tuberculosis
Laboratorio: Hepatitis B
Servicios públicos: Hepatitis B, gripe
Residencias enfermedades mentales: Hepatitis B, gripe
Veterinarios y cuidadores de animales: Rabia
Manipuladores de alimentos: Hepatitis A
Agricultores y ganaderos: Rabia*, tétanos (* en contacto con animales potencialmente infectados)
Eliminación de basuras y residuos: Tétanos, hepatitis B
Consulte a su Servicio de Prevención.
FORMACION RECICLAJE SECTOR METAL
El «II Convenio colectivo estatal de la industria, la tecnología y los servicios del sector del metal» establece las obligaciones en materia de formación que se deben cumplir.
En las empresas, debe existir la siguiente formación en función del puesto que se tenga:
-Directivo: curso de 10 h
-Trabajadores curso de 20 h
-Formación de reciclaje: curso de 4 h cada 3 años
El curso de reciclaje es obligatorio para el personal técnico, administrativo, mandos intermedios y personal de oficios, y consiste en 4 horas de formación que serán impartidas periódicamente cada 3 años. Versará sobre los conocimientos preventivos específicos de cada especialidad.
Esta acción formativa de reciclaje será impartida de manera presencial, salvo para administrativos, admitiéndose para este colectivo, la modalidad de teleformación.
Asimismo, esta acción formativa de reciclaje será impartida, en el momento de incorporación al puesto de trabajo, cuando el trabajador haya estado alejado del sector, al menos durante un año, de manera continuada.
Prevesalud cuenta con acreditación para impartir estos cursos de reciclaje.
Si quiere completar la formación de su empresa contacte con nosotros.
NORMATIVA DE PROTECCION DE DATOS
En 2016 entró en vigor el Reglamento Europeo de Protección de Datos, aplicable a partir de Mayo de 2018.
La Ley Orgánica 3/2018 de 5 de Diciembre de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales, es la encargada de adaptar este reglamento al ordenamiento jurídico español.
Esta Ley incluye algunas precisiones y desarrollos a lo establecido por el Reglamento.
Modifica algunos aspectos de la anterior normativa y contiene nuevas obligaciones que deben ser analizadas y aplicadas por cada organización teniendo en cuenta sus propias circunstancias.
Las empresas deben adoptar las medidas necesarias para estar en condiciones de cumplir con la nueva legislación.
Si quiere cumplir con todo ello, puede ponerse en contacto con Prevesalud y le ayudaremos a realizar la adaptación.
TEMPORADA DE VERANO
Con la llegada del calor, principalmente a partir del 1 de junio, comienza la temporada de verano, en la que proliferan los contratos temporales para cubrir puestos de trabajo vinculados al buen tiempo: socorristas, animadores en centros hosteleros, etc.
La temporalidad de estos contratos hace que en muchas ocasiones el trabajador no reciba la formación correspondiente en materia de prevención de riesgos laborales.
No obstante, la exposición al sol tiene muchos riesgos y es importante que el trabajador se proteja.
A continuación, exponemos algunas medidas que se deben aplicar.
Durante su jornada, se encontrará protegido del sol mediante una sombrilla, un quitasol, o a ser posible en un recinto cubierto.
Si realizase rondas por el lugar de trabajo, utilizará una gorra, para evitar las quemaduras solares.
Se recomienda el uso de gafas de sol.
Se deben usar cremas protectoras solares que tengan un factor de protección (SPF) de al menos 30. Es importante que el protector solar sea contra agua, y se aplique frotando la piel media hora antes de la exposición solar.
Repetir la aplicación frecuentemente. Se debe evitar la exposición directa al sol entre las 11:00 y 16:00 horas. Estará bien identificado como tal, para evitar precipitaciones.
No ingerir alcohol o drogas antes y durante las horas de trabajo, ni abundante comida, especialmente dos horas antes de empezar la jornada.
Beber regularmente líquido para evitar la deshidratación.
Usar ropas transpirable y de tonos claros.
Tener disponible en lugar visible los teléfonos de emergencia de los centros médicos más cercanos, así como un botiquín.
Usar calzado con suelas antideslizante y que agarre el pie.
No usar chanclas.
Mantenga el suelo lo más limpio posible, sobre todo en las zonas de circulación y trabajo.
ACCIDENTES IN ITINERE
Las cifras de accidentes de circulación en el ámbito laboral, ya sean al ir o volver del trabajo (‘in itinere’) o durante la propia jornada laboral, se han elevado en los últimos años.
Suelen ser recorridos rutinarios de corta y media distancia.
Hay diversas causas que influyen en el aumento de la estadística:
- la reactivación económica y una mejor tasa de empleo han impulsado el número de desplazamientos por carretera.
- influyen también la explosión del comercio electrónico y la mensajería asociada a este fenómeno o el auge de los servicios a domicilio
- la influencia del tipo de contrato también es determinante, como en el caso de los repartidores, donde el sueldo suele depender del ritmo de su actividad.
- la temporalidad de los contratos puede llevar a buscarse varios empleos y alargar el horario de trabajo (prisas, cansancio…)
- desarrollo de tecnologías como gps, móvil, etc, que se usan en el vehículo y pueden provocar distracciones.
- también debe considerarse la necesidad de conciliar el trabajo y la familia, en familias donde ambos padres trabajan, lo que implica la necesidad de la rapidez en los desplazamientos.
Todo ello hace necesario que las empresas presten atención a este problema y adopten decisiones para la reducción de la siniestralidad.
La planificación del trabajo es fundamental, de manera que el trabajador no se vea obligado mientras conduce a recibir llamadas laborales ni contestar emails.
Se deben establecer procedimientos de trabajo donde el trabajador no se vea sometido a prisas en los desplazamientos.
También deben estudiarse planes de movilidad.
Son inversiones necesarias que pueden salvar vidas.