IGUALDAD EN LA EMPRESA

La “Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres”, establece que las empresas de más de 50 trabajadores tienen que hacer un PLAN DE IGUALDAD (para las demás empresas es voluntario).

Los planes de igualdad, incluyen la prevención del acoso sexual.

El «Real Decreto 901/2020, de 13 de Octubre, que regula los planes de igualdad y su registro”, (en vigor desde 14 de enero de 2021), establece que todas las empresas, independientemente del número de trabajadores, deben respetar la igualdad de trato entre hombres y mujeres en el ámbito laboral, y para ello deben establecer procedimientos para prevenir la discriminación y el ACOSO SEXUAL.

Por tanto hay que distinguir entre estos dos conceptos:

  • PLAN DE IGUALDAD: obligatorio para empresas de más de 50 trabajadores (incluye procedimientos de acoso sexual)
  • PROTOCOLO DE ACOSO SEXUAL: obligatorio en todas las empresas, independientemente del número de trabajadores.

Prevesalud puede ayudar a las empresas a elaborar estos protocolos.