TRABAJADORES MENORES DE EDAD
Un trabajador menor de edad (entre 16 y 18 años) es un trabajador que requiere una especial protección, debido a su falta de experiencia, su inmadurez para valorar determinados peligros y su desarrollo todavía incompleto.
Por ello, la normativa establece unas limitaciones en el trabajo de las personas menores de edad que las empresas debe tener en cuenta:
- Prohibición de realizar trabajos nocturnos.
- No pueden hacer horas extraordinarias.
- No podrán realizar más de ocho horas diarias de trabajo efectivo, incluyendo el tiempo dedicado a la formación.
- Si la jornada diaria continuada, excede de cuatro horas y media, deberá establecerse un periodo de descanso durante la jornada, no inferior a 30 minutos.
- La duración del descanso semanal será como mínimo de dos días ininterrumpidos.
- Derecho a una especial protección de su seguridad y salud en el trabajo
No podrán realizar las siguientes actividades:
- Aquellas actividades que el Gobierno declare insalubres, penosas, nocivas o peligrosas, tanto para su salud como para su formación profesional y humana.
- Engrase, limpieza, examen de las maquinas o mecanismos que resulten de naturaleza peligrosa.
- Manejo de prensa, guillotina, sierras de cinta, etc. cualquier maquinaria que presente un marcado peligroso de accidentes, salvo que esto se evite mediante dispositivos de seguridad.
- Aquellos trabajos que impliquen un esfuerzo físico o ser perjudiciales para a sus situaciones personales.
- Cualquier trabajo que se realice a mas de 4 metros de altura sobre el terreno o el suelo, excepto en aquellos casos donde el piso sea estable y continuo, como pasarelas, plataformas de servicio, etc.
- Transportar, empujar o arrastrar cargas que representen un esfuerzo superior al necesario para mover en rasante de nivel los pesos.
- No podrán desarrollar la función de repartidores que implique el uso de vehículos.
En caso de que la empresa contrate a un trabajador menor de edad es necesario hacer lo siguiente:
- realizar una evaluación específica de su puesto
- informar a dichos jóvenes y a sus padres o tutores de los posibles riesgos y de todas las medidas adoptadas para la protección de su seguridad y salud
- realizar un reconocimiento médico.
Es importante cumplir con lo anterior para garantizar la seguridad de este tipo de trabajadores y reforzar el nivel de protección necesario.



