TEMPORALIDAD

Con la llegada de eventos como las ferias de verano, los mercadillos navideños, los eventos desarrollados en las festividades, etc, se plantea la cuestión acerca de la necesidad de aplicar la Prevención de Riesgos Laborales a los trabajadores que en ellos trabajan.

Debido al carácter especial de las empresas que participan, ya que son centros temporales y personal contratado normalmente para los días en que dura el evento, parece que existe la creencia entre estos empresarios de que no es necesaria o no es de aplicación la Ley de Prevención de Riesgos Laborales  que afecta al resto de empresas.

La realidad es que la legislación es clara al respecto.

El empresario tiene el mismo grado de responsabilidad con respecto a todos sus trabajadores, independientemente del tipo de contrato que tengan. La duración del contrato no puede convertirse en una excusa para escatimar en seguridad.

La seguridad en el trabajo es una obligación y un derecho de todos.